martes, 17 de febrero de 2009

ARTICULO: ¿Cuándo una imagen es pornográfica? (URUGUAY)

Artículo del 16 de Febrero del 2009

COMENTARIO: Pese a analizar la legalidad dentro de Uruguay no deja de ser interesante este artículo sobre el tema.

Los expertos dicen que no hay vacío legal. El denunciado, sin embargo, quedó libre de cargos.

Con la voz quebrada por el llanto, el músico argentino de 66 años confesó que no podía frenar su impulso. Los policías que lo detuvieron e interrogaron vieron en él a un potencial delincuente sexual. Los mismos signos, el mismo tipo de pulsiones, una conducta desarrollada en secreto por años. Las imágenes, comentaron luego los investigadores, dejaban pocas dudas. La cámara enfocaba inequívocamente las zonas genitales de niñas mientras jugaban, sin saberse filmadas, en playa Hermosa de Piriápolis. A eso se sumó el testimonio del hombre: admitió que esas imágenes lo exitaban sexualmente.

"En el curso de oficial, el profesor Guido Berro nos enseñó las distintas patologías que hay detrás de estos delitos. Cuando vimos esas imágenes lo que aprendimos en esas clases me vino a la mente enseguida", comentó uno de los oficiales que trabajó en el caso.

Pero el juez y el fiscal que actuaron en el caso no hallaron elementos para aplicar la ley que penaliza a la pornografía infantil. El visitante argentino, libre de cargos, apuró sus planes de retorno -pensaba quedarse hasta el 25 de febrero en Piriápolis- y se fue a Buenos Aires el jueves. Las reacciones no se hicieron esperar. El diputado blanco Nelson Rodríguez le pidió a los ministros Héctor Lescano, Daisy Tourné, María Simon y Marina Arismendi que el gobierno intervenga o bien para reabrir el caso, o en contrario para declarar al argentino ciudadano indeseable.

En tanto esto se resuelve, algunos expertos consultados por El País analizaron el fenómeno de la pornografía infantil. Para unos, el sistema penal y administrativo no está preparado para enfrentarlo. Para otros, las herramientas existen, pero no siempre se aplican bien.

NO HAY VACÍO. "No creo que exista un vacío legal; en términos generales no soy partidario de hablar de vacío, el Derecho no es una pileta que se llena métricamente, en todas las partes iguales", dijo el catedrático en criminología Germán Aller.

En cualquier caso Aller es partidario de un punto de partida cauteloso. "La imagen es un reservorio de intimidad, pero es obvio que cualquier persona que tome una foto en la playa va a ser difícil que luego se pruebe como un delito. Y pienso en este ejemplo: ¿qué pasaría con el fotógrafo de un periódico que toma fotos en un partido de fútbol? ¿Tendría que pedirle permiso a cada persona que hay en las tribunas para tomar una foto que registre cómo se vivió ese momento? Parece absurdo y de hecho los periódicos publican estas fotografías sin que se lo considere un delito", reflexionó Aller. "Lo que hay que revisar es la disponibilidad de esa imagen", propuso, en cambio.

Aller se mostró convencido de que "la norma en materia penal es idónea". "Lo que tal vez deberíamos discutir es si, cuando hablamos de imágenes para el estricto uso personal, si la sociedad quiere punir eso", dijo.

El mero registro de menores en imágenes no constituye por sí delito. "Es distinto si el individuo busca al chico en una determinada posición, o la sugiere, o hay algún tipo de contacto con el menor", precisó.

Para el abogado Guillermo Paysée, defensor de oficio de menores infractores y coordinador del Servicio de Paz y Justicia (Serpaj), hay un aspecto positivo en el caso ocurrido en Piriápolis. "Me quedaría satisfecho en el sentido de que, al menos, se retiró el material donde había niños", resumió.

Paysée: "Me quedé satisfecho con que, al menos, se retiró el material con imágenes".

La ley contra la pornografía infantil
La Ley 17.815 establece en su artículo 1°: "El que de cualquier forma fabricare o produjere material pornográfico utilizando a personas menores de edad o personas mayores de edad incapaces, o utilizare su imagen, será castigado con pena de 24 meses de prisión a 6 años de penitenciaría". El artículo 3° extiende la sanción a "el que de cualquier modo facilitare, en beneficio propio o ajeno, la comercialización, difusión, exhibición, importación, exportación, distribución, oferta, almacenamiento o adquisición de material pornográfico...", con hasta dos años.

"No les es fácil pedir ayuda y los daños son graves"
"A veces se le pide al Derecho Penal muchas cosas, se recurre en busca de esa respuesta dura que se traduce en el procesamiento de una persona, a veces con la privación de su libertad", matiza. Y aunque Pay-sée advierte que no conoce del caso más que lo que trascendió públicamente, apunta: "Son esos casos que no se repiten en el Derecho Penal, no es como una rapiña, o un homicidio, donde parece estar muy claro lo ocurrido".

El abogado alude a los problemas que debe enfrentar una investigación de este tipo, problemas que suelen enfrentar los investigadores policiales antes de que estos casos pasen al despacho de un juez.

BUSCAR LA PRUEBA. El subcomisario Gabriel Lima es responsable de la sección delitos informáticos del Departamento de Delitos Complejos. Con amplia experiencia en persecución de pornografía infantil, Lima admite que el éxito en estos casos depende mucho de cómo llega a la Policía.

"A los jueces hay que nutrirlos de elementos probatorios, ese es nuestro trabajo como auxiliares de la Justicia. Pero es distinto si tengo que hacer una investigación a partir de la detención de una persona, donde tengo apenas 48 horas para probar todo, a cuando hacemos lo que nosotros denominamos una operación", cuenta Lima.

El investigador especializado explicó brevemente la metodología que les ha rendido mejores resultados. "Si yo tengo tiempo de interceptar correos electrónicos, hacer escuchas telefónicas, vigilancias, al final voy a estar en condiciones de plantearle un caso al juez y decirle que se enmarca en un delito previsto en la Ley 17.815, artículo tal o cual. Entonces cuando el caso llega a juez tiene todos los elementos sobre la mesa, y lo que nuestra experiencia nos dice es que de esa forma los resultados son seguros", señaló el oficial experto.

El abogado Edgard Marzarini, del departamento jurídico del INAU, sostiene que la Ley 17.815 es un excelente instrumento para combatir la producción de pornografía infantil en toda su dimensión. Reconoce que, aunque sólo conoce el caso ocurrido en Piriápolis por la prensa, "hay muchas cosas" que no le "cierran".

"Antes del fallo, pensé que podríamos estar en presencia de un caso de fabricación de pornografía. El hecho de que no haya comercialización no quita que sea penalizado según lo previsto en la ley", señaló.

"La ley es muy precisa y muy amplia. El concepto no es sólo pornografía, basta una finalidad sexual para que estemos en el campo de la pornografía", apuntó Marzarini. También recordó que esta norma traslada a la legislación uruguaya lo establecido por la Convención Internacional de los Derechos del Niño y el Adolescente.

El especialista de INAU recordó, asimismo, que las legislaciones modernas son cada vez más severas con la posesión de este tipo de material.

"Quien fabrica y posee material pornográfico termina comercializándolo. Esa es la experiencia en el tema, por eso las legislaciones están penando la posesión, como ocurrió con una norma aprobada recientemente en Brasil", indicó.

Y recordó que la ley uruguaya "tiene sanciones incluso más severas que para el propio delito de violación". Marzarini señaló que el propio INAU utilizó el concepto de almacenamiento de imágenes pornográficas para llevar adelante una denuncia (ver nota aparte).

A Diana González, abogada especialista en derechos de infancia, le llama la atención "la cantidad de casos que han ido surgiendo y la dificultad para los procesamientos y las condenas". "Creo que sucede porque el Derecho Penal requiere pruebas específicas de la acción y de la intención. Uno puede estar filmando y luego decir que nada que ver. En Estados Unidos se da un debate sobre cuáles son las imágenes artísticas y cuáles las pornográficas. Para mí es un debate sin mucho sentido porque defiende el negocio", señaló a El País.

González, desde su perspectiva de Derechos Humanos, no puede interpretar filmaciones de zonas genitales de niños de otra manera que no sea delictiva, partiendo de convenciones internacionales ratificadas por Uruguay, como la de los Derechos del Niño. "Pero esto no es una cultura asentada. Y en los hechos se interpreta distinto".

"No les es fácil pedir ayuda y los daños son graves"
"Nosotros visualizamos que no estamos preparados como país para abordar situaciones de pornografía infantil y otros tipos de explotación sexual", dice Adriana Molas, psicóloga y directora de El Faro, una de las pocas ONGs que asisten a niños y adolescentes víctimas.

"Lo que nos ha pasado en situaciones concretas es que es muy difícil para el sistema policial, jurídico, social y de asistencia darse cuenta de que el niño está siendo vulnerado en sus derechos", agrega. Por eso, la resolución de los casos termina "dependiendo mucho" de la formación del juez y de la pericia del abogado que defienda al niño o al adolescente.

Un relevamiento realizado dentro de los casos asistidos por El Faro reveló que 10% de los adolescentes que tratan son víctimas de explotación sexual. Para Molas es un "porcentaje alto" para el nivel "de invisibilidad" que tiene en Uruguay el problema.

"Pero el pedido de ayuda no es directamente por eso, es algo que está encubierto. Llegan porque, por ejemplo, hubo un intento de autoeliminación o una fuga del hogar. La explotación sexual es algo que se tiende a ocultar. Sobre todo si están insertos en redes", señala la especialista.

Otra dificultad relacionada al tema es que en Uruguay muchas personas no tienen incorporada algunas conductas como un problema. Molas recordó el caso donde a una niña de tres años le tomaban fotos en ropa interior. "Con la investigación salieron este tipo de detalles y la madre no podía visualizar que a su niña se la estaba tomando como un objeto sexual", dice la especialista.

También para los niños o adolescentes a veces la línea entre lo que es aceptable o no es difusa. Eso sucedió en el caso de una chica de 13 años a quien el padre de una amiga le tomaba fotografías a su hija y a ella desnudas. "La niña estuvo bastante tiempo antes de sentir que eso estaba mal", recordó. Agregó que los "daños" en las víctimas son "bastante graves. Se están vinculando en relaciones de explotación, humillación y no reconocimiento del niño como sujeto".

Diana González, abogada especialista en derechos de la infancia, cree que la explotación sexual a niños y adolescentes se ha visualizado más desde la ley que tipificó la pornografía infantil. "Ahora la gente cae en cuenta de la gravedad del ilícito", afirma.

De todos modos, considera que aún resta mucho camino por recorrer. "Estamos como cuando comenzaba a visualizarse en 1995 la violencia doméstica como un problema", sostiene.

"Lo que está es el comienzo del debate, la gente lo ve como más presente. Sobre todo, hay una preocupación de los padres por lo que puede suceder a sus hijos con Internet. Lo que no hay es una conciencia real de las dimensiones. En general las cosas quedan en la punta del iceberg, terminamos procesando al último de la cadena y no investigamos la red", dice la especialista.

En las investigaciones de este tipo de casos, un punto "a favor" para González es que las pruebas recaen sobre elementos distintos a los cuerpos de los niños. De todos modos, en algunos casos los jueces requieren los testimonios.

Si bien se creó un Comité Nacional de Lucha contra la Explotación Sexual Infantil, aún tiene acciones "muy puntuales", estima González. El año pasado, esa organización recibía, en promedio, una denuncia por mes. "Se requieren más fondos estatales. Una ONG puede apoyar, puede tener técnicos, puede asistir, pero no puede combatir a toda una maquinaria de crimen organizado. Pensar eso sería totalmente ingenuo", sostiene González.

Consejos para que los niños naveguen seguros
CONSEJOS PARA NIÑOS No des nunca información personal sobre ti, tu colegio o tu casa. No envíes fotografías sin el permiso de sus padres.

No respondas nunca a mensajes o anuncios en los que se incluyan mensajes agresivos, obscenos, amenazantes o que te hagan sentir mal.

Cuando recibas o encuentres una información que te haga sentir incómodo/a díselo inmediatamente a tus padres.

No quedes con nadie desconocido sin el permiso de tus padres y sin su presencia.

Recuerda que la gente que navega por Internet no siempre es lo que parece, porque no puedes verles ni oírles. Por ejemplo : cuando alguien te esta diciendo por Internet que es una niña de 12 años, puede ser un señor de 45 años o más.

CONSEJOS PARA PADRES Instalar programas protectores que vigilen y codifiquen la información a la que sus hijos no deberían acceder. Hay muchos y muy variados, pero siempre cabe la posibilidad de que encuentren este material. La mayoría de los filtros impiden el acceso a páginas en las que hay palabras claves como: "pornografía", "sexo" o "sexual".

Sentarse con sus hijos cuando quieran navegar por Internet.

No hay que plantearles a los niños el problema como si no se confiara en ellos, sino como una consecuencia del cariño que se les tiene: "queremos protegerte de otras personas que no quieren a los niños".

Tenga el ordenador con conexión a Internet situado en una habitación donde suela haber gente, como el cuarto de estar. No lo tenga en el cuarto del niño o del adolescente, donde usted puede no saber qué está haciendo o viendo.

Vigile el tiempo que pasa conectado. Establezca tiempos. Limite el acceso a áreas específicas con un programa protector.

Si son pequeños no les permita entrar en los chats, o canales de conversación, sin estar un adulto presente.

No permita nunca que sus hijos queden con alguien que han conocido a través de Internet, aunque sea otro niño y le haya enviado una foto.

Anime a su hijo/a a que le cuente la información extraña o amenazadora que le sea enviada o encuentre en Internet.

Trate que sus hijos usen cuentas de correo "gratuitas", donde no es necesario poner sus datos personales. (Fuente: Asociación contra la Pornografía Infantil)

El caso del fotógrafo de niños en San José
Hace dos años un hombre fue enviado a prisión en San José por tomar imágenes pornográficas de niños y niñas. La denuncia fue hecha por INAU y la investigación, que demandó meses, estuvo a cargo de Interpol.

El caso sorprendió a los maragatos, ya que el veterano fotógrafo, guitarrista y albañil de 74 años era tenido por "una persona de bien".

Pero cuando los investigadores de Interpol y efectivos de la Jefatura local allanaron la casa de P.O.M. en la calle 25 de Agosto lo que hallaron no dejaba lugar a dudas. Cientos de fotografías, negativos, diapositivas, y rollos almacenados y clasificados durante años, así como lencería, prendas femeninas y trajes de baño para niñas conformaban la colección que P.O.M. había atesorado en secreto.

Al principio el acusado se defendió alegando que las fotos pertenecían a álbumes particulares. Pero muchas de las imágenes eran por demás elocuentes: niños y niñas desnudos o semidesnudos, en poses sugerentes. Los argumentos del fotógrafo se derrumbaron.

Durante la investigación los vecinos del fotógrafo reconocieron que por mucho tiempo era común ver a niños que iban a su casa. Nadie sospechaba nada raro. Después de todo, P.O.M. casi se había especializado en fotografiar a niños y tenía un espacio propio en el hoy desaparecido periódico Los Principios de esta ciudad, en una sección que se llamaba "Caras Bonitas".

En muchos casos, los niños iban acompañados de sus madres, muchas de ellas en precaria situación económica, y en ocasiones relataron los vecinos salían de la casa llevando alimentos.

P.O.M. terminó procesado por fabricación de material pornográfico, según lo previsto en la Ley 17.815. "Lo que se aplicó en este caso fue el concepto de almacenamiento, previsto en el artículo tercero de la ley, y que se entendió que se ajustaba por completo", recordó el abogado de INAU, Edgard Marzarini, que gestionó la denuncia ante la Justicia.

Luego del procesamiento la Policía continuó investigando si todo o parte del material acopiado por el acusado había sido comercializado o subido a Internet. De la posible comercialización no se hallaron rastros, aunque no se descartó del todo este extremo. En cambio sí se descartó que algunas de esas fotos hayan sido subidas a Internet. El procesado recuperó la libertad hace pocos meses.

http://maldonadoaldia.com/vernota.asp?ref=222

5 comentarios:

  1. ¿¿Cómo va a ser ilegal sacarle fotos a niñas en la playa?? Si yo voy a una cancha de fútbol y quiero fotografiar a la tribuna y casualmente en esa tribuna había un niño, ¿es eso un delito? Por favor, tanta estupidez junta me pone enfermo.

    Está bien sacarle fotos legales a niñas hermosas mientras éstas sean legales, por supuesto, la cámara puede enfocar a dónde sea... ¿es acaso un crimen, sacar una foto? No, si yo me voy de vacaciones, a una playa, tengo todo el derecho del mundo a fotografiar lo que a mí se me venga en gana, otra cosa es que después, por ejemplo, yo LUCRE con esas fotos, vendiéndolas por ejemplo, pero si se mantiene en la privacidad, no le veo el menor mal.

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  2. era tenido por "una persona de bien".

    Alguien puede sentir atracción hacia las niñas, ser pedófilo, y ser "una persona de bien". La atracción sexual que uno sienta, sea cual sea, no determina más que una parte de tu vida, no toda. Pedófilo puede ser cualquiera, hasta se habla de Gandhi... ¿Y eso quita algo? No, no quita nada.

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  3. No te negaré esa parte, se puede ser una persona de bien siendo pedófilo, en efecto, al igual que otras personalidad famosas y "de bien" han tenido otras personaldades famosas les ha gustado el sado y otras variantes sexuales, no por ello dejan de ser mejores que otros...

    La pedofilia no es delito, almenos en España, pero sí los actos que involucran a menores, como puede ser la pederastia o derviados del abuso como la distribución o posesión de imágenes de esos abusos.

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  4. Al primer Anónimo le diré que no tergivese el artículo. Se da por hecho que el fotografiar a niñas en la playa es a propósito y buscando esa imagen, no hablamos de una foto en la que pueda salir de refilón una niña...

    Y este ejemplo es lo mismo que si voy a la playa y le hago fotos en topless a una mujer, ya que estoy vulnerando su derecho a la intimidad. Si tú me haces una foto a mí, tengo el pleno derecho a obligarte que la borres.

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  5. La pedofilia no es delito en ningún país del mundo.

    Y en cuanto a lo segundo, no estoy muy al tanto de las leyes, así que no sabría bien qué decir por ese lado, pero me parece que sacarle fotos a una niña en una playa no debería (en caso de que sea) ser delito mientras se mantenga para uso personal y privado y no se distribuya o venda. Obviamente que tendrías el derecho de obligarme que la borre, pero, por ejemplo, todo el tiempo las revistas de chimentos están sacándole fotos a famosos en la playa o en otros lugares, ¿y son ilegales esas fotos? Yo creo que no, porque salen en todas las revistas, y muchas sin consentimiento del retratado, revistas que luego son vendidas y distribuidas y que hacen ganar dinero al que sacó las fotos, y si todo eso es legal ¿porque no habría de serlo sacarle fotos a niñas mientras uno lo mantenga para sí mismo?

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