Noticia del 27 de Febrero del 2009
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó ayer un duro informe muy crítico con la reforma penal que impulsa el Gobierno, proyectada en su momento por el ex ministro de Justicia Mariano Fernández Bermejo, para introducir un sistema de libertad vigilada durante 20 años para terroristas o violadores una vez cumplida la condena, ya que considera que «no es compatible» con el régimen progresivo penitenciario y presenta dificultades legales.
El proyecto de excarcelación controlada de delincuentes peligrosos, reclamado y apoyado también por el PP, fue producto del malestar social que provocaron casos como la excarcelación del etarra Juan Ignacio de Juana Chaos. Condenado a 3.000 años de prisión por cometer 25 asesinatos, el ex jefe del sangriento 'comando Madrid' salió de la cárcel tras pasar 21 años entre rejas, con la intención de vivir cerca de familiares de una de sus víctimas en San Sebastián. También levantaron polémica la salida de prisión de agresores sexuales de dudosa rehabilitación, como el del Vall d'Hebrón o el conocido como 'segundo violador de l'Eixample'. La indignación de un alto sector de la población fue aún mayor cuando se descubrió que Santiago del Valle, asesino de la pequeña Mari Luz, se encontraba en la calle cuando realmente debía cumplir condena por haber abusado de otra pequeña.
La reforma legal propuesta por el Gobierno central, en síntesis, crea para estos casos un sistema de libertad vigilada que permita controlar a ese tipo de delincuentes para impedir que reincidan o que puedan de alguna manera incomodar a sus víctimas. Las anunciadas medidas post-condena podrán consistir, según el plan inicial del Ejecutivo, en vigilancias por parte de las fuerzas de seguridad, personaciones en el juzgado, tratamientos médicos y psiquiátricos, la obligación de portar pulseras telemáticas o de asistir a programas formativos.
El Poder Judicial, en informe que no es vinculante, replica que ese modelo «establece un sistema restrictivo de derechos porque se basa en una responsabilidad dilatada en el tiempo», por lo que entraría en colisión con medidas penitenciarias ya vigentes como el tercer grado o la libertad provisional.
El estudio avisa de que el proyecto de Justicia choca con el régimen penitenciario porque puede suponer «un retroceso con respecto al régimen de cumplimiento de la pena de prisión en libertad condicional», en el caso de que el reo haya accedido a la misma. Por ello, el Poder Judicial señala que para aplicar el sistema de libertad vigilada sería imprescindible que el penado no haya estado en libertad condicional o, en su defecto, que las medidas que se le impongan tras salir a la calle no supongan un régimen de vida más restrictivo.
Tratamiento médico
El consejo plantea subsanar estas deficiencias con la necesidad de crear la figura del asistente o agente de ejecución de la libertad vigilada y de desarrollar su estatuto y funciones reglamentarias. Asimismo, recomienda llevar a cabo una regulación más detallada sobre los efectos del incumplimiento de la libertad vigilada, en el caso de que se acabe aplicando.
Otro aspecto criticado por el Poder Judicial es la inclusión del tratamiento médico del penado por delitos sexuales como una de las obligaciones del sistema de libertad vigilada, lo que supone un ataque a la «dignidad humana», dice. En cambio, apuesta por un modelo no coactivo, por entender que la sumisión al tratamiento sanitario sólo puede ser una opción que el Derecho Penal ofrezca al reo «plenamente capaz», sin que su rechazo pueda constituir en ningún caso un delito de quebrantamiento de condena, añade.
Por último, el consejo apoya que los delitos de terrorismo de carácter grave no prescriban nunca, pero rechaza el agravamiento propuesto para los delitos contra la libertas sexual, cocinado al calor de la conmoción que provocó el asesinato de la niña Mari Luz Cortés. El CGPJ estima que los «marcos penales en relación con el principio de proporcionalidad no son adecuados» porque rompen «los principios del derecho en comparación, por ejemplo, con los delitos contra la vida», en palabras de la portavoz de la institución. Palabras que pueden sonar extrañas a Antonio del Castillo, que pide la cadena perpetua después de que su hija Marta muriera asesinada por su ex novio en Sevilla.
http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20090227/pvasco-espana/poder-judicial-rechaza-controlar-20090227.html
El Consejo General del Poder Judicial (CGPJ) aprobó ayer un duro informe muy crítico con la reforma penal que impulsa el Gobierno, proyectada en su momento por el ex ministro de Justicia Mariano Fernández Bermejo, para introducir un sistema de libertad vigilada durante 20 años para terroristas o violadores una vez cumplida la condena, ya que considera que «no es compatible» con el régimen progresivo penitenciario y presenta dificultades legales.
El proyecto de excarcelación controlada de delincuentes peligrosos, reclamado y apoyado también por el PP, fue producto del malestar social que provocaron casos como la excarcelación del etarra Juan Ignacio de Juana Chaos. Condenado a 3.000 años de prisión por cometer 25 asesinatos, el ex jefe del sangriento 'comando Madrid' salió de la cárcel tras pasar 21 años entre rejas, con la intención de vivir cerca de familiares de una de sus víctimas en San Sebastián. También levantaron polémica la salida de prisión de agresores sexuales de dudosa rehabilitación, como el del Vall d'Hebrón o el conocido como 'segundo violador de l'Eixample'. La indignación de un alto sector de la población fue aún mayor cuando se descubrió que Santiago del Valle, asesino de la pequeña Mari Luz, se encontraba en la calle cuando realmente debía cumplir condena por haber abusado de otra pequeña.
La reforma legal propuesta por el Gobierno central, en síntesis, crea para estos casos un sistema de libertad vigilada que permita controlar a ese tipo de delincuentes para impedir que reincidan o que puedan de alguna manera incomodar a sus víctimas. Las anunciadas medidas post-condena podrán consistir, según el plan inicial del Ejecutivo, en vigilancias por parte de las fuerzas de seguridad, personaciones en el juzgado, tratamientos médicos y psiquiátricos, la obligación de portar pulseras telemáticas o de asistir a programas formativos.
El Poder Judicial, en informe que no es vinculante, replica que ese modelo «establece un sistema restrictivo de derechos porque se basa en una responsabilidad dilatada en el tiempo», por lo que entraría en colisión con medidas penitenciarias ya vigentes como el tercer grado o la libertad provisional.
El estudio avisa de que el proyecto de Justicia choca con el régimen penitenciario porque puede suponer «un retroceso con respecto al régimen de cumplimiento de la pena de prisión en libertad condicional», en el caso de que el reo haya accedido a la misma. Por ello, el Poder Judicial señala que para aplicar el sistema de libertad vigilada sería imprescindible que el penado no haya estado en libertad condicional o, en su defecto, que las medidas que se le impongan tras salir a la calle no supongan un régimen de vida más restrictivo.
Tratamiento médico
El consejo plantea subsanar estas deficiencias con la necesidad de crear la figura del asistente o agente de ejecución de la libertad vigilada y de desarrollar su estatuto y funciones reglamentarias. Asimismo, recomienda llevar a cabo una regulación más detallada sobre los efectos del incumplimiento de la libertad vigilada, en el caso de que se acabe aplicando.
Otro aspecto criticado por el Poder Judicial es la inclusión del tratamiento médico del penado por delitos sexuales como una de las obligaciones del sistema de libertad vigilada, lo que supone un ataque a la «dignidad humana», dice. En cambio, apuesta por un modelo no coactivo, por entender que la sumisión al tratamiento sanitario sólo puede ser una opción que el Derecho Penal ofrezca al reo «plenamente capaz», sin que su rechazo pueda constituir en ningún caso un delito de quebrantamiento de condena, añade.
Por último, el consejo apoya que los delitos de terrorismo de carácter grave no prescriban nunca, pero rechaza el agravamiento propuesto para los delitos contra la libertas sexual, cocinado al calor de la conmoción que provocó el asesinato de la niña Mari Luz Cortés. El CGPJ estima que los «marcos penales en relación con el principio de proporcionalidad no son adecuados» porque rompen «los principios del derecho en comparación, por ejemplo, con los delitos contra la vida», en palabras de la portavoz de la institución. Palabras que pueden sonar extrañas a Antonio del Castillo, que pide la cadena perpetua después de que su hija Marta muriera asesinada por su ex novio en Sevilla.
http://www.elcorreodigital.com/vizcaya/20090227/pvasco-espana/poder-judicial-rechaza-controlar-20090227.html
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