COMENTARIO: Siguen los avances sobre la reforma del Código Penal español para castigar diversos temas entre los cuales está la pornografía infantil y delitos envueltosen las nuevas tecnologías. A mi parecer es muy necesaria esta reforma para tener en cuenta la evolución tecnológica que envuelven los nuevos delitos y que permitan una valoración más exacta del daño e intencionalidad de los mismos.
La crítica relación que Gobierno y Partido Popular mantienen a costa de la crisis y de los Presupuestos del Estado para 2009 no ha impedido que, en la trastienda, ambos sigan arrimando el hombro en materia de Justicia, tal y como acordaron José Luis Rodríguez Zapatero y Mariano Rajoy en la reunión del 23 de julio, la misma que sirvió para desbloquear la renovación de las instituciones.
Los frutos de aquel encuentro empezaron a recogerse en septiembre, con el nombramiento del nuevo Consejo General del Poder Judicial, y la cosecha sigue ahora en octubre con el Código Penal. El Ministerio de Justicia, que dirige Mariano Fernández Bermejo, y el equipo jurídico del Partido Popular han cerrado el acuerdo para acometer una amplia reforma del texto punitivo que se notará, entre otros aspectos, en la revisión de los tipos y el aumento de las penas en los delitos de terrorismo, pederastia y pornografía infantil. Cuatro son los bloques de delitos que, según han confirmado fuentes jurídicas, sufrirán las modificaciones más profundas: terrorismo, delitos sexuales con víctimas menores de edad, crimen organizado y violencia de género.
Quejas policiales
Algunos aspectos de la reforma tienen su origen en las quejas que desde hace tiempo vienen transmitiendo las Fuerzas de Seguridad al gobierno de turno para que una correcta tipificación de determinados delitos evite que su trabajo caiga en saco roto.
Es el caso de la inclusión en el Código Penal de una nueva figura -la asociación ilícita ocasional- dirigida a castigar a aquellos individuos que se agrupan para cometer un delito concreto sin llegar a formar una banda organizada o armada con carácter estable. Esta es la forma de actuar de peligrosos grupos de criminales, en general de origen albano-kosovar, que se dedican a robar viviendas, joyerías, perfumerías y a los que los tribunales sólo pueden imponer penas mínimas por delitos de robo con intimidación. Tras la reforma, las condenas podrán ser más elevadas gracias al nuevo delito de asociación ilícita ocasional.
Fuentes judiciales consultadas por este periódico aseguran que esta nueva figura también podrá aplicarse a los terroristas islamistas, por lo que la modificación de la ley penal en la que trabaja el Gobierno podría acabar con la impunidad de la que en la actualidad se benefician numerosos yihadistas gracias a la llamada «doctrina del 11-M» establecida por el Tribunal Supremo. Los miembros de las células islamistas que ahora quedan absueltos porque su comportamiento no encaja en el delito de pertenencia a organización terrorista podrían, en su caso, ser condenados como miembros de la nueva asociación ilícita ocasional.
Por otra parte, se aplicarán a los miembros de las organizaciones terroristas, una vez que salgan en libertad tras cumplir sus condenas, medidas de aseguramiento que eviten nuevos sufrimientos a sus víctimas. Se trata de que no se repitan casos como el del etarra José Ignacio de Juana Chaos, que cuando se instale en San Sebastián será vecino de varias víctimas de ETA, o como el de Cándido Azpiazu, cuyo negocio está en la planta baja del edificio en el que vive la viuda de una de sus víctimas. Entre estas medidas destacan la libertad vigilada durante un periodo que puede extenderse hasta veinte años; el alejamiento, la prohibición de residencia en un lugar próximo a las víctimas; y la prohibición de comunicarse con ellas.
Proteger al menor
En el capítulo de los delitos sexuales en los que internet es una herramienta imprescindible, la filosofía de la reforma es proteger más a los menores. Las penas por pederastia y pornografía infantil serán más duras, pues estos comportamientos se sancionarán siempre con prisión. Además se tipificará como agresión sexual, aunque no haya violencia ni intimidación, lo que hasta ahora quedaba en mero abuso cuando la víctima sea un menor. Otra modificación se refiere a la captación de menores con fines sexuales a través de la red: será tipificada como delito.
También para estos casos, se regularán medidas postpena, de tal manera que los delincuentes puedan estar sometidos a vigilancia incluso después de cumplir las penas. Como en los delitos de terrorismo, se trata de la libertad vigilada o el empleo de medios telemáticos. Los técnicos estudian la posibilidad de introducir la castración química voluntaria, aunque este aspecto no está aún decidido.
http://www.abc.es/20081026/nacional-nacional/gobierno-cierran-acuerdo-para-20081026.html
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